Un video puede ser clave en la identificación de causas y de responsables en una investigación judicial de un accidente de tránsito, un robo o asesinato, por ejemplo.
El fiscal René Astudillo señala que la excepción del artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) permite a los ciudadanos grabar un audio y video de su entorno y a los operadores de justicia consultar el material audiovisual en casos de que se requiera ahondar en los hechos.
“El inciso dos del artículo establece en qué condiciones el video se convierte en un elemento de interés público. ¿Por qué? Porque hay un accidente de tránsito, un delito, etc.”, explica el fiscal de la Unidad de Tránsito de la Fiscalía del Guayas.
“Art. 178.- Violación a la intimidad.- La persona que, sin contar con el consentimiento o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio y video, objetos postales, información contenida en soportes informáticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
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No son aplicables estas normas para la persona que divulgue grabaciones de audio y video en las que interviene personalmente, ni cuando se trata de información pública de acuerdo con lo previsto en la ley”, se lee en el apartado de Delitos contra el derecho a la intimidad personal y familiar, del COIP.
Esa información pública puede interpretarse como los hechos relacionados con accidentes de tránsito que, en muchos casos, provocan lesiones o muertes.
“Nosotros en flagrancia valoramos todos los elementos, los testigos, videos, para tomar una decisión frente a un juez dentro de la flagrancia (que dura 24 horas). Luego se inicia un proceso penal, en la etapa de instrucción”, detalla el fiscal.
Los videos pueden provenir de dispositivos privados, como las cámaras que se instalan en los vehículos, negocios o casas, o de la infraestructura de videovigilancia pública que hay en el país, como el sistema Ojos de Águila, del Municipio de Guayaquil, que opera coordinadamente con el Sistema Integrado de Seguridad ECU911.
La semana pasada, la Fiscalía conoció el caso de un conductor de un camión involucrado en un accidente de tránsito, en el que un motociclista perdió una pierna. Astudillo comenta que el video ayudó a aclarar lo sucedido y a sustentar la decisión de considerar una alternativa de la prisión preventiva.
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— Jake Worth Tue Oct 20 23:02:00 +0000 2020
El hecho ocurrió en la vía a Daule, en el sector del complejo carcelario de Guayaquil. Según el video, relatado por el fiscal, el motorizado trataba de avanzar en medio de los vehículos, pero golpeó el retrovisor de un carro y cayó a la calzada, donde fue aplastado por el neumático del camión.
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“La familia estaba indignada. Pedía prisión, pero el video sirvió para tomar una decisión justa. Claro que se van a pedir pericias humanas, pericias de ADN. Y eso nos sirvió para tomar la decisión en la audiencia de flagrancia”, comenta el fiscal.
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Para que un video pueda ser considerado como indicio en la fase de investigación previa o en la etapa de instrucción debe ser analizado en una pericia de audio, video y afines, solicitada por el fiscal de turno, que la realiza un perito acreditado por el Consejo de la Judicatura.
“El tiempo que toma analizar el video dependerá de varios factores, como la calidad del video, la nitidez. Unos seis, diez, quince días. Cada caso es distinto. Si son extracciones de voces demora más, porque se debe escuchar y transcribir. Se utilizan programas de fuente abierta para revisar las imágenes”, explica José Neira, magíster en Criminalística y Ciencias Forenses.
El perito recomienda a los ciudadanos instalar más de una cámara en sus vehículos, como medida preventiva, ya sea por posibles accidentes de tránsito o eventos delictivos.
“Las cámaras deben ser de buena calidad, que brinden nitidez, una buena resolución. Lo ideal es que esas cámaras también tengan luz infrarroja para que operen bien en las noches”, detalla el especialista, quien agrega que una cámara debe captar una vista panorámica desde la cabina del automotor y un segundo aparato debe grabar específicamente un punto, como el área donde se divisaría la placa de los vehículos que se posicionen en frente.
Anthony Cuzco, de 33 años, adquirió hace unas semanas una dashcam, como se conoce a las cámaras a bordo, sujetas al parabrisas interior del vehículo por medio de una ventosa o una cinta adhesiva, para tener el video de respaldo ante un posible accidente, sobre todo, dice, por la forma temeraria con la que conducen choferes de buses de la transportación pública.
“Lo que se ve a diario es que los buses se viven cruzando de golpe. Los videos se van a la nube y puedo exportarlos en cualquier momento”, comenta el ciudadano que adquirió el dispositivo en un viaje reciente a Estados Unidos.
En el mercado local también hay una gran variedad de esas cámaras. En locales comerciales del centro de la ciudad y en la tienda de Facebook, los precios de los dispositivos varían entre los $ 10 y $ 100. Su costo depende del tamaño y prestaciones. Por ejemplo, en uno de los avisos digitales, se ofrece un kit de tres cámaras con grabación de video en alta definición por unos $ 32.
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Los especialistas recomiendan a quienes tienen previsto comprar ese tipo de dispositivos que soliciten una prueba al vendedor para constatar que recibirán un producto con las características que constan en los folletos, cajas y publicidad. (I)